Normas internas

Las siguientes normas, recogidas en el Plan de Convivencia aprobado por el Consejo de Residencia, tienen como finalidad que la convivencia en la misma sea la más idónea para el alumnado residente así como el mayor aprovechamiento en los objetivos académicos.

  • Está totalmente prohibido consumir drogas, bebidas alcohólicas o cualquier tipo de  sustancias psicotrópicas en los espacios y/o instalaciones del Centro.
  • Está totalmente prohibido fumar en toda la Residencia.
  • Durante su uso deberán mantenerse en perfecto orden y limpieza.
  • No se permiten aparatos eléctricos propiedad del alumnado en las mismas tales como estufas, tv, neveras…
  • No se permite modificar la distribución de las habitaciones así como el intercambio de mobiliario entre las mismas.
  • Por motivos de seguridad no se permite cerrar con llave desde el interior.
  • Las taquillas se han de mantener cerradas en todo momento, debiendo el alumnado mantener sus efectos personales dentro de la misma con objeto de evitar extravíos o pérdidas innecesarias. La Residencia no se hará responsable de las pérdidas ocurridas por el incumplimiento de esta norma…
  • Tras la salida diaria deberán quedar en perfecto estado, manteniendo el orden y limpieza así como las camas debidamente hechas y luces y enchufes desconectados.
  • No se permite tener alimentos perecederos en las mismas.
  • El uso de ordenadores, móviles o equipos electrónicos quedará prohibido tras la hora de silencio cuando puedan dificultar el descanso en la misma.
  • No estará permitida la presencia de alumnado en aquellas habitaciones (que no sea la asignada ) cuando no exista ningún alumno o alumna perteneciente a la misma; además queda restringido el acceso de familiares sin el acompañamiento del personal educador para garantizar la intimidad del alumnado.
  • Queda totalmente prohibido la presencia de personas ajenas a la Residencia  en las habitaciones salvo autorización  expresa del equipo directivo.

SALA DE USUS MÚLTIPLES

  • Es la sala de estudio (obligatorio), que permanecerá abierta desde las 16:00 horas a las 22:00 horas para uso y disfrute del alumnado.
  • De forma excepcional se abrirá por las mañanas para aquel alumnado que no acuda a su centro educativo por circunstancias especiales y previa autorización de la  Dirección.

COMEDOR

  • Al constituir el comedor un espacio educativo más dentro de la Residencia, el alumnado ha de respetar el funcionamiento y desarrollo correcto de esta actividad diaria; para lo cual:
  1. Ha de acudir a las horas establecidas para ello, recordando que no se guardará comida fuera de este horario, salvo casos excepcionales y siempre con autorización expresa del personal educador.
  2. Se accederá al comedor con ropa de calle y adoptando una conducta adecuada procurando: respetar las indicaciones de los cocineros/as, no elevar el tono de voz hasta el punto de ser molesto para el resto de comensales, hacer un uso correcto de cubiertos, adoptar una postura adecuada , etc.. .
  3. Tras la comida ha de dejar la mesa y sillas, recogidas y limpias .
  • No está permitido el acceso del alumnado al interior de la cocina.

PASILLOS

  • Los pasillos inferiores son de uso común para la Residencia y el IES, por lo que se ha de respetar y favorecer la convivencia y el desarrollo de actividades diarias en los mismos ( ej. Servicio de comedor del IES), obedeciendo las indicaciones que los conserjes, personal educador o profesorado estimen oportunas.
  • Esta prohibido el acceso de chicos a la zona de descanso de las chicas y viceversa.

PATIOS Y JARDINES

  • No se podrá salir a la zona de jardines por la noche después de la cena.
  • Se hará un uso adecuado de papeleras con objeto de mantener limpias dichas zonas.
  • Los vehículos particulares se han de aparcar en el espacio designado para el alumnado.
BIBLIOTECA

El alumnado podrá disponer de los libros de texto o lectura  como consulta o préstamo previa solicitud al personal educador.

SALAS DE TV

  • Se podrán conectar aparatos de ocio previa autorización del personal educador.
  • Se ha de mantener y cuidar el mobiliario correspondiente.

CUARTOS DE BAÑO

  • Se aconseja por motivos de higiene y salud:

– El uso de chanclas para la ducha,

– Dejar lo más limpio posible los wc tras su uso,

– No dejar prendas sucias o material de aseo (toallitas…) por el suelo.

  • Se aconseja evitar ducharse en las horas de mayor afluencia al baño (agua fría) y se prohíbe el baño antes de la hora de LLAMADA y después de las 23:00 horas, excepto en casos justificados.

MATERIAL

  • Se ha de promover el cuidado y uso correcto del material, mobiliario, aparatos y equipos  de la Residencia.
  • El uso inadecuado así como aquellas actuaciones negligentes con ánimo de causar desperfectos en el material supondrán la reposición, reparación o indemnización por parte de quien causase dicho daño además de las medidas correctoras disciplinarias que se establezcan en las normas de convivencia.

SALIDAS DE PASEO

  • Todo el alumnado mayor de edad podrá salir de la residencia después de la merienda hasta la hora de la cena ( 20:45 horas), salvo excepciones, para lo cual deberá comunicar siempre su salida al personal educador .
  • Los alumnos o alumnas menores de edad necesitan permiso expreso de los padres para ausentarse del centro, por lo que es necesaria la cumplimentación del impreso de autorización correpondiente (para bajarse el impreso, pincha aquí).
  • Cualquier incidencia que pudiera surgir y que requiera de la intervención del personal educador se comunicará directamente al alumno o alumna de la forma más inmediata posible, reduciendo al máximo  el nº de intermediarios ( telf: 956670165).

SALIDAS DEL CENTRO

  • La permanencia para todo el alumnado es obligatoria desde el lunes al viernes.
  • Aquellos alumnos o alumnas que precisen ausentarse del mismo a lo largo de la semana podrán hacerlo con la autorización expresa de la familia. para el alumnado menor de edad y previa notificación a los mismos para el mayor de edad. Dicha autorización dependerá de que la comunicación familiar-personal educador se haga efectiva, por lo que se recomienda previsión y anticipación ante posibles imprevistos que puedan surgir.
  • Del mismo modo, antes de su marcha ( en el supuesto apto.2) deben comunicar y firmar su salida del Centro.

MARCHA DEFINITIVA DEL CENTRO

  • Se considerará como marcha voluntaria y definitiva de la Residencia las siguientes situaciones:

– La comunicación expresa en este sentido del alumnado y su familia.

– La ausencia injustificada en la Residencia por un tiempo superior a 10 días naturales tras la imposibilidad de establecer contacto con el alumno o alumna y/o familiares.

– Finalización del curso escolar.

  • Aquel residente que tenga interés por abandonar la Residencia  de forma definitiva antes de la finalización del periodo escolar, tendrá la obligación de notificarlo a la dirección del centro por los cauces establecidos para ello, con una antelación de 10 dias, con objeto de realizar los trámites administrativos y económicos correspondientes.
  • Tras abandonar la Residencia han de llevarse consigo todas sus pertenencias dejando su taquilla y cama vacías con objeto de habilitar su uso para el resto de residentes; en caso contrario dichas pertenencias serán recogidas y custodiadas por el personal educador el tiempo que estimen oportunas.
  • La actuación contemplada en el apto. anterior también podrá ser de aplicación para aquellos alumnos o alumnas que manifestando su deseo de continuar en la Residencia en los últimos días del curso y debido a la inexistencia de clases lectivas residan esporádicamente en la misma.

ESTUDIO

  • El funcionamiento del mismo ha de estar basado en el principio de Respeto hacia los demás en el ejercicio de esta actividad, para lo cual se ha de procurar:

– Ser puntual.

– Mantener y promover el silencio durante el estudio.

– Desconectar móviles y evitar interrupciones motivadas por aparatos musicales.

– Prever todo el material necesario de modo que no ocasione molestias posteriores.

  • El Estudio diario ( de 16:30 a 18:30 horas) es Obligatorio para todo el alumnado, con objeto de crear hábitos de estudio saludables y maximizar la labor de apoyo educativo del personal educador ya que ambas contribuyen al logro de los objetivos académicos previstos.
  • Los lugares de desarrollo del mismo serán:

– Alumnado de 1º de CFGM.

– El alumnado realizará el estudio diario con el tutor o tutora que le haya sido asignado en el lugar designado (sala de estudio o sala del personal educador)

– En caso de ausencia del tutor o tutora los alumnos de que cursen 1º de CFGM. acudirán a la sala de estudio.

– Alumnado de 2º curso de CFGM y CFGS

– El lugar para el desarrollo del estudio de dicho alumnado se efectuará a criterio del tutor/a que le haya sido asignado a cada uno.

  • Los lugares de estudio para el alumnado podrán ser objeto de modificación en virtud de los resultados académicos obtenidos en las evaluaciones trimestrales de sus respectivos centros.
  • El estudio durante la noche sólo se permitirá a aquel alumnado que aprovechando satisfactoriamente el horario diurno para esta actividad, requiera, por exigencias académicas excepcionales, su prolongación unas horas más. El personal educador determinará el lugar y la duración del mismo atendiendo a las circunstancias y características individuales de cada alumno o alumna.
  • Con objeto de obtener el máximo rendimiento y evitar distracciones y perdidas de tiempo innecesarias se prohibe el uso de teléfonos móviles durante el estudio.

UTILIZACIÓN DE TELÉFONOS MÓVILES Y OTROS APARATOS ELECTRÓNICOS

  • Está prohibida su utilización y/o manipulación durante el horario de estudio. Su utilización en dicho horario requerirá de la aprobación del personal educador.
  • En ningún caso se podrá grabar conversación o escena dentro del centro (incluidos los patios), sin autorización expresa del personal objeto de la grabación, de la dirección o personal educador. Y en todo caso, en menores de edad, se necesitará la autorización expresa de las familias.
  • Está prohibida la utilización de aparatos reproductores de audio/vídeo fuera de las habitaciones cuando  interfieran, dificulten o puedan molestar al resto de la comunidad educativa en relación al descanso, o desarrollo y funcionamiento normal de la Residencia.
  • El uso del aparato de megafonía queda limitado al personal educador, y se valorará el grado de interés general y la privacidad informativa así como el espacio temporal en el que se va a utilizar con objeto de evitar alterar lo mínimo posible la actividad de la Residencia.
  • En caso de incumplimiento se aplicará lo establecido en el Plan de Convivencia.

ACCESO A INTERNET Y USO DE LAS TIC

  • Los miembros de la comunidad educativa  gozarán de los derechos reconocidos en el Decreto 25/2007, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para el fomento, la prevención de riesgos y la seguridad en el uso de Internet y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) por parte de las personas menores de edad , especialmente tendrán derecho a:
  1. Buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo por medio de Internet y las TIC. Estos derechos sólo podrán ser restringidos para garantizar la protección de las personas menores frente a contenidos y materiales perjudiciales para su bienestar, desarrollo e integridad; y para garantizar el cumplimiento de las leyes, la seguridad, los derechos y el honor de otras personas.
  2. Derecho a la protección contra la explotación, la pornografía, el comercio ilegal, los abusos y la violencia de todo tipo que se produzcan a través de Internet y las TIC.
  3. Derecho al disfrute de todas las oportunidades que el uso de Internet y las TIC puedan aportar para mejorar su formación.
  4. Derecho al esparcimiento, al ocio, a la diversión y al juego a través de Internet y las TIC.
  5. Derecho al acceso al conocimiento adecuado y relevante para su educación y desarrollo social y psicológico como complemento a su formación cultural y académica.
  • El personal educador procurará orientar, educar y acordar con el alumnado un uso responsable de Internet y las TIC, en aspectos tales como tiempos de utilización, páginas que no se deben visitar o información que no deben proporcionar, con el objetivo de protegerles de mensajes y situaciones perjudiciales.
  • Las horas de acceso a Internet por parte del Centro quedarán limitadas según se determine en este reglamento.

ATENCIÓN Y ASISTENCIA MÉDICA

  • La Residencia dispondrá de un botiquín de primeros auxilios para la atención inicial de pequeños accidentes.
  • En caso de enfermedad o accidente de carácter leve que no suponga una amenaza para la vida del alumnado y tras la valoración por parte del personal educador o a petición del alumnado se les acompañará al Centro de Salud más cercano ( San Roque), procediendo del siguiente modo:

– Verificación de que el alumno o alumna dispone de la tarjeta de salud.

– Desplazamiento en taxi  (956612330).

– Acompañamiento .

– Notificación a las familias de lo ocurrido.

– Anotación en el Libro de Incidencias .

  • En caso de urgencia médica en la que haya indicios de gravedad:

– Llamada de emergencia al 112 o desplazamiento urgente en vehículo según los casos.

– Notificación inmediata a la Dirección.

Además de lo anteriormente mencionado el alumnado está sujeto a los derechos y deberes recogidos  en el Decreto 54/2012 de 6 de Marzo.

El incumplimiento de dichas normas conlleva la aplicación de las correcciones  y las medidas disciplinarias que hayan de aplicarse de acuerdo con lo establecido en el Capitulo III (Normas de Convivencia) del Decreto 54/2012 de 6 de marzo por el que se regula el Reglamento Orgánico de las Residencias Escolares.